DIVISIÓN Y LIQUIDACION DE BIENES POR DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL EN EL DIVORCIO – ABOGADOS DE DIVISION Y LIQUIDACION DE BIENES – PREGUNTAS TIPICAS

¿Qué es la sociedad conyugal?

Es lo que se conoce como el conjunto de bienes gananciales en el matrimonio. Actualmente el término utilizado por el Código Civil y Comercial es el de “comunidad de bienes”.

¿Qué bienes quedan comprendidos dentro de la comunidad conyugal?

Los bienes gananciales son aquellos bienes adquiridos durante el matrimonio.

¿Por qué motivos puede disolverse la comunidad de bienes?

La comunidad se extingue por:

  • La muerte comprobada o presunta de uno de los cónyuges.
  • La anulación del matrimonio putativo.
  • El divorcio.
  • La separación judicial de bienes.
  • La modificación del régimen matrimonial convenido.

¿Qué ocurre cuando se disuelve la comunidad de bienes?

Disuelta la comunidad de bienes, se procede a liquidar los mismos y posteriormente se parte la comunidad para que cada cónyuge pueda quedarse con la parte que le corresponda.

¿Qué pasa con los bienes? ¿Qué son bienes propios y bienes gananciales?

Los bienes propios son aquellos que cada cónyuge posee antes de casarse y son bienes gananciales aquellos que fueron adquiridos durante el matrimonio. Los bienes propios no entran en la liquidación de la sociedad conyugal. La sociedad conyugal sólo está integrada por los bienes gananciales adquiridos durante el matrimonio.

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