Fallo: atribuyen la vivienda a quien cuida de los hijos aunque no fuera el hogar familiar

El 16 de octubre de 2020 la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala J, en autos “F. F. V. J. y otros c/ D. E. A. D. C. D. J. s/ medidas precautorias”, confirmó la atribución del uso de un inmueble a favor del progenitor a cargo de los hijos, aun cuando ese inmueble no había sido la residencia del grupo familiar.

Fundamentos

El tribunal priorizó el interés superior de los niños y consideró que un comodato firmado por el demandado con un tercero después de iniciado el proceso no impedía la atribución.

Más información: atribución de la vivienda familiar.

Fuente: Microjuris Al Día.

Artículo informativo; no reemplaza el asesoramiento sobre un caso concreto.

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